Dirección de Sanidad Ejército Nacional

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Última actualización: lunes, septiembre 10 de 2018

ARTÍCULO 47: El Estado Adelantará una Política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran. ARTÍCULO 49: La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

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